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Por un embarazo y parto respetado. Por un nacimiento digno.

ANNE GEDES2

12 Abril 2008

OTRAS PRESTACIONES DE LA GENERALITAT RELACIONADAS


Prestación económica de carácter universal por parto, adopción o acogida múltiple
Beneficiarios

Las familias que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:

  • Las familias residentes en Cataluña en las que se haya producido un parto múltiple entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2008 (ambos incluídos)
  • Las familias residentes en Cataluña que hayan adoptado o acogido dos o más hijos de forma simultánea, siempre que la fecha del acta notarial o la sentencia de la adopción o de la acogida esté comprendida entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2008 (ambos incluídos).

Importe

La familia que se encuentre en alguno de los supuestos anteriores y solicite la prestació, recibirá 663 euros en caso de parto doble, adopción o bien acogida simultánea de dos hijos.
En el caso de un parto triple, adopción o bien acogida simultánea de tres hijos, la ayuda será de 1.020 euros por familia. Por último, si el parto, la adopción o bien la acogida són cuádruples o más, la ayuda a percibir será de 1.224 euros por familia.

¿Cómo solicitar el servicio?

imatge d'un ordinadorFormulario para enviar por Internet (Hay que estar registrado). Si es necesario, también podéix anexar la documentación.

Formulario para rellenar y llevar presencialmente

En el formulario se os indica la documentación adicional que debéis de presentar.

Los puntos de atención presencial son:

- Servicios centrales del Departamento de Acción Social y Ciudadania.
- Servicios territoriales del Departamentodel Departament de Acción Social y Ciudadania.
- Oficina de Acción Ciudadana del Departamento de Governación y Administraciones Públicas.

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Ayuda para familias con parto, adopción o acogida múltiple sometida al nivel de ingresos de la unidad familiar

Beneficiarios

Las familias que no superen unos ingresos de siete veces el indicador público de renta de efectos múltiples anual (53.359,04 euros), y que se encuentren en alguno de los supósitos sigüientes:

  • Hayan tenido un parto doble, o hayan adoptado o acogido dos niños de forma simultánea, entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2008 (ambos incluidos).
  • tingut un part de tres o més infants, o hagin adoptat o acollit tres o més infants de forma simultània, entre l'1 de gener de 1996 i el 31 de desembre de 2008 (ambdues dates incloses).

Importe

La familia que se encuentre en el supuesto anterior y solicite la ayuda, recibirá 2.448 euros por unidad familiar en caso que esta no supere unos ingresos de siete veces el indicador público de renta de efectos múltiples anual. Si ésta no supera unos ingresos de cinco veces el indicador público de renta de efectos múltiples anual, la ayuda a percibir será de 3.264 euros por unidad familiar.

¿Cómo solicitar el servicio?

imatge d'un ordinadorFormulario para enviar por Internet (Hay que estar registrado). Si es necesario, también podéis anexar la documentación.

Formulario para rellenar y llevar presencialmente

En el formulario se os indica la documentació addicional que debéis de presentar.

Los puntos de atención presencial son:

- Servicios centrales del Departamento de Acción Social y Ciudadania.
- Servicios territoriales del Departamento del Departamento de Acción Social y Ciudadania.
- Oficina de Acción Ciudadana del Departamento de Governación y Administraciones Públicas.

Si ya habéis solicitado esta ayuda anteriormente y no debéis hacer cambios en vuestros datos, confirmad vuestra petición a través de la Confirmación de los datos de 2008 (sin modificaciones), llamando al 012, o bien por correo postal o presencialmente. Con el número de referencia de la hoja de confrimación de los datos, que recibiréis de forma personalizada en vuestro domicilio, podéis hacer este trámite.

También lo podéis hacer por SMS AL 7130: enviando un mensaje con GENCAT+NIF/NIE+NÚMERO DE REFERÈNCIA (Ejemplo: GENCAT+39111111W+00005364).
Cuando enviéis el mensaje, recibiréis una respuesta en la cual se indica que la solicitud ha sido enviada correctamente o bien que ha habido algún error. (El coste del mensaje es de 0,60 €).

En cambio, si debéis modificar vuestros datos de domicilio y/o datos bancarios, y/o añadir hijos, lo podéis hacer a través de la Confirmación de los datos de 2008 (con modificaciones). Hay que estar registrado. Con el número de referencia de la hoja de confrimación de los datos, que recibiréis de forma personalizada en vuestro domicilio, podéis hacer este trámite.

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Ayuda para adopción internacional
Beneficiarios

Las familias que cumplan los siguientes requisitos:

  • Las familias residentes en Cataluña que hayan adoptado un/a menor o menores procedente/s de otro país y tengan la sentencia, acta notarial o resolución administrativa de adopción, o cualquier otra documentación acreditativa con fecha entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2008.
  • Las familias residentes que no superen unos ingresos de catorce veces el indicador público de renta de efectos múltiplos anual (106.718,08 €) ponderados según el número de miembros de la unidad familiar.

Importe

La familia que se encuentre en alguno de los supuestos anteriores y solicite la ayuda, recibirá 2.346 € por unidad familiar. Esta ayuda se otorga por familia, con independencia del número de hijos adoptados de forma simultánea.

¿Cómo solicitar el servicio?

Formulario para presentar esta solicitud presencialmente

En el formulario se os indica la documentació addicional que debéis de presentar.

Los puntos de atención presencial son:

- Servicios centrales del Departamento de Acción Social y Ciudadania.
- Servicios territoriales del Departamento del Departamento de Acción Social y Ciudadania.
- Oficina de Acción Ciudadana del Departamento de Governación y Administraciones Públicas.

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Características comunes
Documentación

En el caso de solicitudes presentadas a través de este portal se llevará a cabo una comprobación de los datos de que dispone la Generalitat de Cataluña, y si son completos no será necesario aportar ningún documento. En caso que el sistema no pueda contrastar los datos, se informará y se comunicará la documentación que hay que anexar escaneada.. En el caso que no podáis anexarla, la podéis presentar presencialmente en un punto de atención.

Los puntos de atención presencial son:

- Servicios centrales del Departamento de Acción Social y Ciudadanía.
- Servicios territoriales del Departamento del Departamento de Acción Social y Ciudadanía.
- Oficina de Acción Ciudadana del Departamento de Governación y Administraciones Públicas.

Recursos

Si no se está de acuerdo con la resolución, existe la posibilidad de interponer un recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Políticas Familiares y Derechos de Ciudadanía y también de la Consejera del Departamento de Acción Social y Ciudadanía.

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Plazo

Plazo

Hasta el 30 de diciembre de 2008.

Excepcionalmente, para las familias con hijos nacidos, adoptados o acogidos durante el mes de diciembre de 2008, el plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 31 de enero de 2009.


Acceso a la página de www.gencat.net

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bienvenidos ok separador_opt Mi nombre es Mireia, nací en 1978 y estoy casada desde el 2001 con el hombre más maravilloso del mundo, Héctor. Soy administrativa, vivo en Tarragona y soy mamá de dos bomboncitos: Arian, nacido en el 2002 por cesárea y Abril, nacida en 2006 en un PVDC. Soy miembro de la asociación El Parto Es Nuestro. En este blog, pretendo recopilar información y datos útiles que puedan ayudar a las mamás que lo deseen a informarse sobre varios aspectos del embarazo y el parto, y a conseguir un parto respetado. POR FAVOR, VISITA LA CATEGORIA “BIENVENIDA” PARA SABER MÁS ACERCA DE ESTE BLOG. Espero que te guste y vuelvas pronto. separador_opt AnunciosContadores
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