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Beneficiarios
Las familias que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:
- Las familias residentes en Cataluña que tengan hijos nacidos entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2008 (ambos incluídos).
- Las familias numerosas o familias monoparentales residentes en Cataluña que tengan hijos nacidos entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2008 (ambos incluídos).
- Las familias residentes en Cataluña que tengan hijos en acogida o en adopción, siempre que la fecha del acta notarial, la sentencia de la adopción, la acogida, o bien la resolución administrativa de la acogida esté comprendida entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2008 (ambos incluídos). En el caso de las families numerosas o de las familias monoparentales, entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2008 (ambos incluídos).
Importe
La familia que se encuentre en el primero de los supuestos anteriores y solicite la prestación, recibirá 638 euros para cada hijo menor de 3 años.
En el segundo caso, referente a las familias numerosas o las familias monoparentales, la ayuda será de 745 euros para cada hijo menor de 6 años.
Los importes de la prestación económica se atorgan de forma proporcional en función del mes de nacimiento del hijo.
¿Cómo solicitar el servicio?
Formulario para enviar por Internet (Hay que estar registrado). Si es necesario, también podéis anexar la documentación.
Formulario para rellenar y llevar presencialmente
En el formulario se os indica la documentación adicional que debéis de presentar.
Los puntos de atención presencial son:
- Servicios centrales del Departamento de Acción Social y Ciudadania.
- Servicios territoriales del Departament del Departament d'Acció Social i Ciutadania.
- Oficina de Acción Ciudadana del Departamento de Governación y Administraciones Públicas.
Si ya habéis solicitado esta prestación anteriormente y no debéis hacer cambios en vuestros datos, confirmad vuestra petición a través de la Confirmación de los datos de 2008 (sin modificaciones), llamando al 012, o bien por correo postal o presencialmente. Con el número de referencia de la hoja de confrimación de los datos, que recibiréis de forma personalizada en vuestro domicilio, podéis hacer este trámite.
También lo podéis hacer por SMS AL 7130: enviando un mensaje con GENCAT+NIF/NIE+NÚMERO DE REFERÈNCIA (Ejemplo: GENCAT+39111111W+00005364).
Cuando enviéis el mensaje, recibiréis una respuesta en la cual se indica que la solicitud ha sido enviada correctamente o bien que ha habido algún error. (El coste del mensaje es de 0,60 €).
En cambio, si debéis modificar vuestros datos de domicilio y/o datos bancarios, y/o añadir hijos, lo podéis hacer a través de la Confirmación de los datos de 2008 (con modificaciones). Hay que estar registrado. Con el número de referencia de la hoja de confrimación de los datos, que recibiréis de forma personalizada en vuestro domicilio, podéis hacer este trámite. Para el resto de modificaciones, lo deberéis hacer presencialmente.
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Recordar...
Las familias que durante el año 2007 solicitaron las prestaciones y que sean susceptibles de continuar cobrando las prestaciones, recibirán de forma personalizada en su domicilio una hoja de confirmación de sus datos y una hoja de instrucciones que explica cómo hacer la confirmación de las prestaciones económicas para el año 2008. Si no la habéis recibido durante el primer semestre de 2008, tendréis que hacer una nueva solicitud. |
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